DIVORCIOS
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La petición de Divorcio Unilateral requiere la firma de un abogado, mientras que en el caso del Divorcio Bilateral, cada parte debe estar representada por un profesional.
El artículo 717 del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación enumera una serie de supuestos:
– En caso de Divorcio Express Unilateral, el Código prevé que la competencia será del juez del último domicilio conyugal, dando opción al actor a que se aplique la competencia del juez del domicilio del demandado.
– En caso de Divorcio Bilateral de Común Acuerdo, el Código establece que será competente el juez del último domicilio conyugal o de cualquiera de los cónyuges a opción de ellos.
Sí, el trámite de divorcio en Capital Federal es más económico, dado que en Capital Federal los gastos son inferiores (no se pagan aportes y tasas que sí se pagan en Provincia de Buenos Aires).
El Convenio Regulador debe contener las cuestiones relativas a la atribución de la vivienda, la distribución de los bienes, y las eventuales compensaciones económicas entre los cónyuges; al ejercicio de la responsabilidad parental, en especial, la prestación alimentaria. Además puede contener otras cuestiones de interés de los cónyuges.
También los cónyuges pueden acordar quién se queda viviendo en lo que fue el hogar conyugal, a quién corresponde la tenencia de los hijos, el régimen de visitas, los alimentos que deben prestarse, como se distribuirán los bienes gananciales, entre otros.
Conforme el Artículo 5 de la Ley 26.589 (Ley de Mediación y Conciliación), el divorcio no está sujeto a la mediación obligatoria previa, con excepción de las cuestiones patrimoniales derivadas de aquel, en cuyo caso el juez deberá dividir el proceso. Esto implica que la parte patrimonial concurrirá a proceso de mediación prejudicial obligatoria, y la otra parte sigue su trámite en el ámbito del proceso judicial de familia.
Son bienes propios de los cónyuges aquellos bienes que aportan cada uno al matrimonio y que ya tenían antes de casarse, y aquellos que son recibidos durante el matrimonio por herencia, legado o donación, o los adquiridos con el producto de estos.
Son aquéllos bienes que fueron adquiridos durante la existencia del matrimonio, por cualquiera de los cónyuges. En caso de ser bienes registrables, no interesa si estos bienes fueron registrados a nombre de un cónyuge o de ambos. Lo importante radica en que fueron adquiridos durante la vigencia del matrimonio.
En el Divorcio Bilateral de Común Acuerdo, los cónyuges pueden acordar un convenio de adjudicación y distribución de los bienes gananciales.
En un Divorcio Express Unilateral, se determina cuáles son los bienes gananciales y si no hay acuerdo con su distribución, se deberá liquidar los mismos.
– Cuando hay un solo inmueble: el que detente la tenencia de los hijos menores puede permanecer en el mismo hasta la mayoría de edad de los hijos. Luego procederá su liquidación.
– Eficacia y modificación del convenio regulador: el juez puede exigir que el obligado otorgue garantías reales o personales como requisito para la aprobación del convenio. El convenio homologado o la decisión judicial pueden ser revisados si la situación se ha modificado sustancialmente.
– Compensación económica: el cónyuge a quien el divorcio le produce un desequilibrio manifiesto que signifique un empeoramiento de su situación y que tiene por causa adecuada el vínculo matrimonial y su ruptura, tiene derecho a una compensación. Esta puede consistir en una prestación única, en una renta por tiempo determinado o, excepcionalmente, por plazo indeterminado. Puede pagarse con dinero, con el usufructo de determinados bienes o de cualquier otro modo que acuerden las partes o decida el juez.
– Fijación judicial de la compensación económica (Caducidad): a falta de acuerdo de los cónyuges en el convenio regulador, el juez debe determinar la procedencia y el monto de la compensación económica sobre la base de diversas circunstancias.
La acción para reclamar la compensación económica caduca a los seis meses de haberse dictado la sentencia de divorcio.
Sí. El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación establece que en ningún caso el desacuerdo relativo a la distribución de los bienes impide el dictado de la sentencia de divorcio. La cuestión patrimonial puede ser diferida para una etapa posterior. Con la nueva ley, el juez dicta la sentencia de divorcio sin importar el destino de los bienes.
En el Divorcio Bilateral de Común Acuerdo, los cónyuges pueden acordar quien detentará la tenencia de los hijos menores, para ello se presenta en el mismo escrito de inicio de la petición de divorcio un acuerdo firmado por ambos.
En el Divorcio Bilateral de Común Acuerdo, los cónyuges pueden acordar quién se quedará viviendo en la casa que fuera el hogar conyugal, para ello se presenta en el mismo escrito de inicio de la demanda de divorcio un acuerdo firmado por ambos.
En el Divorcio Express Unilateral, uno de los cónyuges deberá fundamentar la petición. El cónyuge que se mantuvo en la ocupación del inmueble puede solicitar al juez que éste no sea liquidado.
El Código Civil y Comercial de la Nación establece que uno de los cónyuges puede pedir la atribución de la vivienda familiar, sea el inmueble un bien propio de cualquiera de los cónyuges o ganancial.
El juez determina la procedencia, el plazo de duración y efectos del derecho sobre la base de diversas pautas (cuidado de hijos, situación económica, salud, etc.).
La ley establece que cuando se dicta la sentencia de divorcio, se disuelve la sociedad conyugal con efecto retroactivo a los siguientes momentos:
– En el Divorcio Express Unilateral: Fecha de notificación de la demanda.
– En el Divorcio Bilateral de Común Acuerdo: Fecha de la presentación conjunta.
– Fecha de la separación de hecho (si esta existió).
Esto es importante dado que provoca un quiebre en la situación de los cónyuges separados de hecho, no rigiendo entonces la ganancialidad de los bienes adquiridos para este período.
Un Divorcio Bilateral de Común Acuerdo puede demorar entre 1 y 3 meses si es en Capital Federal y unos 6 a 8 meses en Provincia de Buenos Aires. Igualmente dependerá de la actividad del Juzgado donde tramite el mismo.
Un Divorcio Express Unilateral puede durar más, debido a que una de las partes primero tiene que notificar de la propuesta de convenio regulador a la contraria para que esta la consienta o se oponga y haga una contrapropuesta.
Ni bien se haya realizado la inscripción del divorcio en el Registro Civil, los cónyuges pueden volver a casarse.
Ninguno. Al desaparecer las causales de divorcio, las viejas causales del Código Civil no tienen consecuencia en el divorcio.